28/01/2021. Una de las consecuencias directas de la
aprobación del Ingreso Mínimo Vital ha sido la
eliminación de la actual prestación por hijo a cargo para muchas familias, conocida como ‘Los puntos’ de manera popular.
Esta ayuda, ha consistido en una asignación económica que se reconoce por cada hijo o menor acogido, menor de 18 años, o mayor afectado por discapacidad.
Ahora, pasa a “integrarse” en el nuevo Ingreso Mínimo Vital “con el objetivo de e
vitar duplicidades de cara al ciudadano” según el
Real Decreto-Ley 20/2020.
Así, desde junio de 2020 esta prestación s
ólo puede solicitarse por hijos menores de 18 años afectados por discapacidad de al menos un 33% o mayores afectados por una discapacidad del 65%.
De manera que,
cualquier nueva solicitud o inclusión de hijos o de menores a cargo no discapacitados, será rechazada.
Sin embargo, este ajuste, más que integrarlos en otra prestación, está quitando esta ayuda a muchas familias que no superan los límites establecidos de renta para la prestación por hijo a cargo y, por tanto, podrían cobrarla, pero que tampoco llegan a cumplir los requisitos de la renta mínima estatal, es decir, están en un nivel de ingresos intermedio.
Por ejemplo,
una familia de dos adultos con un hijo a cargo y un nivel de renta de 10.453,20 euros, tendría derecho a la prestación por hijo a cargo, pero no al Ingreso Mínimo Vital, ya que para éste se establece una renta anual menor a 9.022,68 euros, para una unidad de convivencia de dos adultos y un menor (751,89 euros).
Además, está ocurriendo que les están llegando notificaciones en las que se resuelve a las familias, no tener derecho por más tiempo a ‘Los puntos’, por diversas causas, pero en caso de que con sus reclamaciones no consigan recuperarla, la pierden indefinidamente, ya que no se puede volver a solicitar.
Fuente: Gracia Pérez Ponce - Gestoría Imperio (Utrera)