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Utrera somete a información pública la nueva ordenanza que cambiará la tramitación de licencias de obras y actividades

Esta normativa pretende actualizar por completo los procedimientos municipales relacionados con licencias urbanísticas, declaraciones responsables, comunicaciones previas y autorizaciones para el desarrollo de actividades económicas en Utrera.

05 de agosto. El Ayuntamiento de Utrera ha iniciado el trámite de audiencia e información pública del proyecto de la nueva Ordenanza reguladora de los títulos administrativos habilitantes para la ejecución de obras y actividades en la ciudad,

La Delegación de Urbanismo que dirige la edil utrerana María Luisa Reina ha abierto un plazo de diez días hábiles para que ciudadanos, asociaciones, organizaciones y entidades puedan presentar alegaciones, aportaciones o sugerencias antes de la aprobación definitiva del texto. El documento completo ya puede consultarse a través del Portal de Transparencia municipal.

El proyecto supone una profunda revisión de la normativa vigente para adaptarla a los cambios introducidos por la legislación urbanística y ambiental andaluza.

Según recoge su exposición de motivos, el principal objetivo es incrementar la seguridad jurídica, agilizar los procedimientos administrativos, reducir cargas burocráticas y favorecer la colaboración público-privada, facilitando al mismo tiempo la implantación de nuevas actividades económicas y la ejecución de obras mediante procedimientos más sencillos cuando la legislación lo permita.

La futura ordenanza sustituirá íntegramente la ordenanza municipal aprobada en 2017 sobre intervención administrativa en materia de licencias urbanísticas y actividades, además de integrar parcialmente la regulación existente desde 2013 sobre la presentación de proyectos urbanísticos, unificando toda esta materia en un único texto normativo.

MÁS PESO PARA LA DECLARACIÓN RESPONSABLE
Uno de los cambios más relevantes es la apuesta por la declaración responsable como instrumento preferente para numerosos procedimientos, siguiendo la filosofía marcada por la normativa autonómica.

La ordenanza establece como principales mecanismos de intervención administrativa:

Licencias urbanísticas.
Declaraciones responsables urbanísticas.
Comunicaciones previas.
Licencias de actividad.
Declaraciones responsables de actividad.
Licencias ambientales.
Declaraciones responsables de los efectos ambientales.
Licencias para espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias.

El texto también incorpora mecanismos de control posterior por parte del Ayuntamiento para verificar que las actuaciones realizadas cumplen la normativa urbanística, de accesibilidad, protección contra incendios y medioambiental.

SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Entre las novedades también figura la obligación de utilizar modelos normalizados para todas las solicitudes y declaraciones responsables, disponibles en la sede electrónica municipal, con el objetivo de agilizar la tramitación y reducir errores documentales. Asimismo, se prevé la simplificación continua de los procedimientos administrativos para eliminar trámites considerados innecesarios.

La nueva regulación contempla además la posibilidad de solicitar documentos informativos como la cédula urbanística, informes de viabilidad urbanística o informes sobre implantación de actividades antes de iniciar un proyecto, ofreciendo mayor seguridad a ciudadanos, promotores y empresas.

ACTUACIONES QUE NO NECESITARÁN AUTORIZACIÓN MUNICIPAL

La propuesta incorpora un catálogo de actuaciones que quedarán exentas de título habilitante municipal. Entre ellas figuran determinados trabajos interiores de viviendas y locales, como labores de pintura, sustitución de sanitarios o mobiliario de cocina, siempre que no afecten a elementos estructurales ni instalaciones generales, así como otras actuaciones de escasa entidad previstas por la legislación urbanística.

El anuncio publicado por el Ayuntamiento establece que cualquier persona física, asociación u organización podrá presentar alegaciones durante diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio en la web municipal.

Las personas jurídicas y quienes estén obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración deberán hacerlo a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, mientras que las personas físicas podrán optar por la presentación presencial o telemática. Las alegaciones deberán presentarse mediante una Solicitud Genérica, indicando expresamente que se refieren al trámite de audiencia e información pública del proyecto de ordenanza.

 
Fuente: UTRERAWeb
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